LIMITES A LA ARBITRABILIDAD EN EL DERECHO DEL CONSUMIDOR: DIFERENCIAS ENTRE EL SISTEMA DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA Y EL CIVIL LAW

Marcelo J Amorín Pisa

Resumo


Se analiza en el presente si en el ámbito del derecho del consumo, es posible acordar, antes de que la controversia se plantee, mediante una cláusula arbitral,  someter una posible controversia futura a arbitraje, en el entendido que no existe óbice para que se acuerde luego de presentada la controversia. Planteado el asunto de de otra manera, si es secundado por el ordenamiento, el siguiente supuesto de hecho: un consumidor adquiere un bien o contrata un servicio, el proveedor incluye  o propone incliuir una cláusula arbitral “clausula compromisoria”, se trata de responder aquí, cómo debe actuar el proveedor para que ese comportamiento sea lícito  y cómo incide a nivel de consecuencias, la regla inspirada en el derecho alemán y reconocida casi universalmente en el derecho internacional llamada “Kompetenz-Kompetenz” según la cuál, es el propio Tribunal Arbitral quien debe expedirse sobre la validez y eficacia de la cláusula compromisoria.

 


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ISSN eletrônico: 2359-6880      ISSN impresso: 1677-809X

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